Crédito : Museo de la Memoria
El 26 de septiembre la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los oficiales Luís Prussing y Hamilton Rosales a 10 años de presidio por el secuestro y desaparición del joven de 16 años Mario Salinas.
Los oficiales condenados pertenecían al Regimiento Guardia Vieja que fue la unidad militar acantonada en Maipú en el año 1973 y le cupo la labor de control y persecución de toda el área poniente durante el primer período de la Dictadura. Específicamente el mayor contingente se acantonó en lo que en ese entonces era el local de la FISA, hoy en día corresponde al sitio eriazo adyacente a la línea del tren y con salida a Camino a Melipilla y utilizó la ex media luna de la comuna ( actual Pista de Patinaje)como centro de detención en tránsito.
El oficial condenado Luís Prussing teniente coronel fue el comandante de la Sub agrupación Maipú y Hamilton Rosales era el Mayor a cargo de los operativos de control y represión de la unidad.
Mario Salinas Vera, de 16 años, fue detenido el 23 de octubre de 1973 desde la Población Los Nogales ( actualmente pertenece a la comuna de Estación Central) por soldados del Regimiento Guardia Vieja, que lo detienen en el gimnasio de la comuna (ubicado en la actual Villa 0”Higgins en Las Rejas) , y al día siguiente en se lo llevan con destino desconocido.
Esta acción fue una de las tantas acciones masivas que realizaba el Regimiento Guardia Vieja en algunas poblaciones en busca de armas y “limpiar” de algunas poblaciones según el propio lenguaje utilizados por los efectivos que realizaban tales allanamientos .
Corte de Apelaciones revocó sentencia del Ministro de Fuero, Mario Carroza
Esta sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó en su parte esencial la sentencia condenatoria dictada por el Ministro de Fuero Mario Carroza en abril de 2018, que en lo principal condenada a tres años y un día a Luís Prussing ,sin privación de libertad y que absolvió al Mayor Hamilton Rosales.
La Corte de Apelaciones sentenció a ambos a 10 años de presidio efectivo que deberá cumplirse en el Penal de Punta Peuco.
Asimismo determinó que este delito tiene la calidad de Lesa Humanidad y que no procede la prescripción.
Ratifica la sentencia del Ministro Mario Carroza en la parte concerniente de condenar al Estado de Chile a pagar 20 millones de pesos de indemnización al demandante , su hermano, por los daños causados.
La sentencia pronunciada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones estuvo conformada por los Ministros Carlos Gajardo Galdames, Elsa Barrientos Guerrero y el abogado integrante Oscar Torres Zagal.
Cabe señalar que el regimiento Guardia Vieja acantonado en Maipú, una vez que se retiró de la comuna recibió un reconocimiento por parte de las autoridades municipales de la época.
Este hecho se consigna en el cronograma histórico oficial de la comuna insertado y publicado en diversos documentos oficiales del Municipio hasta el día de hoy.