El 2º Tribunal Electoral de Santiago, con fecha 20 de julio de 2016 declaró ilegal la elección de la Directiva de la Unión Comunal Nº de Juntas de Vecinos de Maipú, en la cual habría resultado electo Fernando Carrasco.
Esa elección se efectuó el 29 de diciembre de 2015.
El Tribunal Electoral entre las diversas anomalías que constató, se encuentra la baja participación que fue de menos del 20 % de los socios inscritos. En consideración a estos antecedentes, los jueces resolvieron anular la elección ordenaron que en el plazo perentorio de 90 contados días desde la notificación del fallo y bajo la organización y supervisión de la Dirección de Desarrollo Comunitario ( DIDECO), se debería realizar una nueva elección.
Este fallo tendría otras implicancias, la Directiva presidida por Fernando Carrasco no tendría jurisdicción para los diversos actos que corresponden a una organización comunitaria territorial con personalidad jurídica y respaldada por la entidad municipal. Con la salvedad que además, Carrasco acaba de ser inscrito oficialmente como candidato a concejal por el Pacto Chile Vamos ,en representación de Renovación Nacional.
De acuerdo a la normativa legal vigente nadie puede asumir funciones legales que la ley no le confiere expresamente.
En este caso, existe una sede comunal en la cual se emiten Certificados de Residencia con validez legal y la infraestructura que utiliza es pública de carácter municipal.
Hemos visto estos días, que el Presidente de esta Unión Comunal pasea muy “campante” visitando organismos y autoridades locales y quizás en campaña utilizando bienes municipales, considerando que ahora es candidato a concejal por Maipú y la como dice el adagio, la “mujer del Cesar, no sólo tiene que serlo sino que …..