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votaciones 22

A muchos chilenos les ha llamado la atención el abundante  número de candidatos  ,especialmente en la de Diputados y también el gran número de Partidos políticos  legalizados y su lucha por inscribirse.

Una explicación ,  estaría relacionado con el financiamiento estatal que reciben  estas entidades.

Las nuevas leyes de probidad aprobadas en años anteriores, prohibieron el financiamiento de empresas privadas a los Partidos y candidatos.

El Estado de Chile financia la actividad del Partido Político  en relación a su votación. Un valor aproximado es de $ 1.000 por cada votante. Esto es independiente, del financiamiento del respectivo candidato a distintos cargos, que también tiene un valor actual aproximado de $ 1.000.

Es decir, un candidato con una votación de 15.000 votos recibiría  de parte del Estado  unos 15 millones.

Esta es una manera de democratizar el sistema y emparejar la cancha, en términos que todos puedan acceder a este financiamiento  público, sea como Partido ,sea como candidato.

Desde otra perspectiva, la ley les exige a los Partidos políticos transparencia en sus órganos internos  y en la rendición de cuentas.

Observando algunas rendiciones de cuentas de varios Partidos Políticos , se puede ver  una nueva actividad rentada, “corredor “ de firmas de inscripción en Partidos, porque el registro de militantes de cada Partido debe estar al día, según la ley.

También la Ley de Partidos políticos , en su artículo 42 ,señala una de las causas de disolución de un Partido.

 

Art 42  “Los partidos políticos se disolverán:”

Inciso 2°

“Por no alcanzar el 5 % por ciento de los sufragios válidamente emitidos en la última elección de diputados, en cada una de a lo menos ocho regiones o en cada una de a lo menos tres regiones geográficamente contiguas, en su caso”

PARTIDOS POLÍTICOS CON MENOS DEL 5

PARTIDOS EN DISOLUCION IMAGENE PNG

De acuerdo a la información preliminar, sin que haya aún ,sentencia del Tribunal Calificador de Elecciones, hay  16 Partidos Políticos inscritos y legales, que no alcanzaron el 5 % de la votación.

A partir de la sentencia del Tribunal Calificador existe un plazo de 90 días ,para que el Consejo Directivo del SERVEL emita  la resolución pertinente.

La única excepción a esta norma, la señala la propia ley en el sentido que aquel Partido que obtenga menos del 5 % de la votación , pero que eligió ,al menos cuatro diputados, podrá  seguir existiendo legalmente.

Este es el caso del Partido Humanista ( 4.23 %) ,Partido Comunista (4.59 %) ,Partido Radical (3.61 %) y Evópoli (4.26 %)

Por tal razón, creo que  en los próximos meses a partir de marzo de 2018 en diversos puntos de pías y bajo diferentes formas  habrá personas  recolectando firmas para legalizar un Partido Político y  hacer concretar los nobles ideales de servicio público.

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