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Durante toda la mañana y parte de la tarde presenciamos in situ la audiencia de formalización fijada para este día 21 de noviembre.

Una audiencia compleja y confusa por las características que tuvo y que versó en su primera parte con alegatos e intervenciones del juez que duraron , por lo menos hasta las 12.00 horas.
Muchas expectativas para muchos, en uno u otro sentido. El término reformalización dada para ello.
Pero ,en los alegatos uno de los defensores señaló que en rigor jurídico no existía el concepto de reformalización , sino que era un término adoptado por el Ministerio Público en función de las amplias facultades legales que tiene para investigar y que en este caso se utilizaba para el ordenamiento del proceso, puesto que ahora se incorporaban nuevos imputados y se solicitarían algunas modificaciones de cautelares y nuevas imputaciones.

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La primera controversia versó sobre cómo se comenzaban los alegatos de las partes. El Ministerio Público planteó que el Tribunal debía resolver primero las nuevas formalizaciones y reformalizaciones.

Las defensas de los imputados en su mayoría rechazaron el planteamiento de la Fiscalía, argumentando que el plazo de investigación para sus clientes ya estaba vencido, puesto que terminó el 6 de noviembre y que sus clientes esperaban el cierre del proceso de investigación formalizada y que incluso no se podrían hacer nuevas diligencias procesales, como las que había señalado ,la fiscal Tania Mora que incluso ,alguna de ellas tenían fecha de 16 de noviembre. El abogado defensor del ex ejecutivo KDM José Miguel Gutiérrez ,calificó al proceso como “Entuerto jurídico” que algunas de las diligencias solicitadas era “ilegítimas”.

El juez argumentó que la investigación formalizada no estaba terminada y que las diligencias solicitadas siempre tomaban tiempo y eran un proceso.

Sostuvo que en un proceso no se podía hablar de mala fe o buena fe, por parte del organismo persecutor.
Como no estaba cerrada formalmente con un acto del tribunal, el cierre de la investigación lo que procedía era determinar el plazo de investigación.

Con todo, el Tribunal definió que lo primero a resolver era el plazo de investigación .

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El Ministerio Público solicitó 80 días como plazo de investigación en razón de la existencia de trámites de investigación pendientes, especialmente solicitudes de apertura de cuentas bancarias en Chile y el extranjero.
También la toma de declaraciones de algunas personas de Maipú que estaban pendientes. Esto solicitado por el querellante Consejo de Defensa del Estado.

Asimismo la defensa del Alcalde de Maipú, Christian Vittori solicito la incautación de los servidores computacionales de la Municipalidad de Cerro Navia, y que estaba pendiente.

Todas las defensa se opusieron vehemente, el argumento central se relacionaba con la extensión de la investigación. Este caso entre investigación reservada e investigación formalizada lleva cinco años. En el caso de la investigación formalizada tiene 15 meses. Ya es la causa , de mayor prolongación , superando la causa 27/F o Tsunami. Poca eficiencia ,inoperancia procesal.

La polémica noticia de la existencia de una cuenta en Puerto Rico, el abogado Rodrigo Avila, señaló que eso ya se había consignado en la audiencia primera de formalización realizada el año 2015.

Varios abogados señalaron que sus clientes ya no tenían que ver con las diligencias decretadas y pendientes y por lo tanto pedían que este plazo no se aplicara. Para ellos – alegaban – debía cerrarse la investigación.
El empresario Pedro Acevedo ( del Centro recreativo Don Oscar ) abandonó el tribunal con autorización del juez porque no lo afectaba el plazo de investigación.

Finalmente el tribunal otorgó un plazo de 40 días a partir del 21 de noviembre. Teóricamente se cumplirían los primeros días de enero de 2017 .

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Resuelto el plazo de la investigación ,los Fiscales para los casos de la comuna Maipú relataron casi todo el expediente , conocido por muchos y que están en diversos portales de internet. Agregando que en el caso del alcalde de Maipú se le investiga por lavado de activos.
Las medidas cautelares se mantienen y se prosigue la investigación por otros 40 días.

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De acuerdo, al desarrollo de esta audiencia, se puede intuir que la causa en cierto modo languidece, por lo extensa en el tiempo y porque hasta el momento ,no aparecen nuevos antecedentes decisivos que hagan prolongar la investigación. Si el Tribunal determina el cierre de la investigación, viene el siguiente paso procesal : la acusación y el ofrecimiento de las distintas alternativas judiciales:

1.- Aceptación de los cargos ,sentencia y las salidas alternativas.
2.- El otro camino judicial es la realización de un juicio oral.

Lo más aprobable, es que algunos de los imputados opten por un juicio oral, para lo cual se estarían preparando ,situación que les permitiría citar a declarar a distintos personeros y en caso de una sentencia absolutoria contrademandar.

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