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El agudo, preparado y teatral abogado Rodrigo Avila defensor del alcalde Christian Vittori realizó una extensa defensa de la imputación del delito de Malversación que realiza el Ministerio Publico en contra de su cliente.

rodrigo avila

Una parte de la argumentación se refiere a que efectivamente prestó funciones en el Municipio de Cerro Navia , desechando las declaraciones en contrario efectuadas por el ex Dideco Alberto Lastra y de los concejales de Cerro Navia Tamayo y Camus.

Intentó hacer escuchar parte del audio que publicó un medio local y que está en Youtube sobre las declaraciones de Lastra a la PDI. Pero se pospuso para que otra defensa la expusiera.

Citó medios de prensa que hablan de su situación política previa a la nominación como candidato de la DC que estaba complicada por trabajar precisamente en DIDECO de un municipio en manos de la Derecha. También argumentó en favor de ellos sobre la base de su amplio curriculum en materia de administración pública.

Con respecto al Municipio de Maipú citó el decreto municipal 8115 del 21 de diciembre de 2012, según el cual el Alcalde Vittori recién asumido delega funciones en términos de contratación de personal municipal a honorarios según lo dispone el art 4º dela ley 16.883.

El abogado Rodrigo Avila ,enfatizó que el Administrador Municipal tiene la facultad de celebrar ,suscribir contratos a honorarios sobre $ 1.500.000. y el Director(a) de Administración y Finanzas tiene la facultad delegada de celebrar ,suscribir contratos a honorarios con un rango de $ 500.000 a $ 1.499.000.

Cita un memo en el cual Alejandra Bustamante Directora de DIDECO solicita la contratación de 22 personas al Administrador Municipal con la indicación clasificador presupuestario 2104-004.

Avila se preguntó , ¿han sido citados a declarar el Administrador Municipal Alfredo Vial, la Directora de Administración y Finanzas , Rosalba González?.
Se respondió: «No su señoría».

Citó una jurisprudencia derivada de un fallo de Casación dictada por la Corte Suprema del año 2004 relacionada con una sentencia que afectaba a un Director de Obras en Melipilla y que estableció que él no era custodio de los fondos públicos.

El Ministerio Público está imputando un delito a Christian Vittori persona que no tiene facultad de giro de ninguna de las seis (6) cuentas bancarias del Municipio.

Textualmente señaló . “ Imputamos el delito de malversación de fondos públicos a una persona que no puede girar fondos”.

Subrayando que la Directora de Administración y Finanzas suscribe los contratos y a la cual no se la imputado ningún delito.
Se preguntó
¿Cómo es esto?

Se respondió “ Si yo fuera Ministerio Público, tengo que sentar acá al Administrador de Finanzas”.
Esta defensa se pronunció en la novena jornada (video 3 en Youtube de la audiencia de formalización).

En la décima jornada ( día viernes ) de la audiencia de formalización , el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado respondieron extensamente. Especialmente sobre la teoría de cautela, custodia y responsabilidad de los fondos públicos.

Este lunes 17 de agosto continúa la audiencia de formalización en la undécima sesión y seguramente comenzará con la Dúplica de la defensa del alcalde.

Una vez expuesta la argumentación por parte de la defensa del Alcalde Vittori el abogado Rodrigo Ávila presentó la incidencia de “Cosa Juzgada”, a la cual se adhirieron todas las defensas de los imputados y que el juez del 9º Juzgado de Garantía , Juan Carlos Silva Opazo, sentenció no ha lugar en la jornada siguiente.

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